El Silencioso

¿Imprudencia temeraria?

El Silencioso | 370 Viernes, 20 de Marzo de 2020

La imprudencia temeraria, en el ámbito penal, se define como el delito cometido por una persona con total omisión de prudencia y cuidado, y que supone un daño o un peligro para la vida o la seguridad de otros.

Se trata de la denominación antigua de lo que hoy el Código Penal entiende como imprudencia grave (uno de los tipos de imprudencia). Generalmente, este tipo de imprudencia es la única que se encuentra penada por ley.

Algún ejemplo práctico de imprudencias temerarias donde la persona que la comete podría haber previsto con anterioridad el riesgo que supone son: el adelantamiento de otro vehículo en un cambio de rasante sin visibilidad y a altas velocidades o que un sujeto se introduzca con su vehículo en sentido contrario en una autopista (dicho sujeto conoce los riesgos pero en realidad depende del azar que se produzca ese riesgo).

Cuando se dispone de información precisa de la pandemia del coronavirus y de los riegos de contagio y se anima a cientos de miles de personas  a salir a la calle a manifestarse, aquí el azar ya no interviene, era seguro que habría daños y, desgraciadamente, lo estamos viendo.

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