La obligatoriedad del uso de la Factura Electrónica será una de los elementos claves de Reforma de las Administraciones Públicas impulsada por el Gobierno.
El proyecto contempla 217
medidas de reforma y 127 propuestas para acabar con las duplicidades de
funciones entre los tres niveles de la Administración (central, autonómica y
local). La Reforma del Sector Público establece una nueva cultura de la gestión
pública en España que corregirá ineficiencias y duplicidades, un nuevo
escenario donde la administración electrónica tendrá un protagonismo clave para
llevar adelante esta iniciativa con éxito.
La
introducción de la factura electrónica en las organizaciones supone una mejora
en la eficiencia en la gestión administrativa y contable, posibilitando ahorros
de costes tanto de los emisores como de los receptores de facturas
electrónicas, alcanzándose los mayores beneficios cuando se produce la
integración automatizada del proceso de facturación electrónica en los sistemas
de gestión de las organizaciones. Tal como señaló Mariano Rajoy al hablar
de ahorro, el coste de una notificación postal es de 2.55 euros y el de una
notificación electrónica de 0.19 euros.
“A
pesar de los muchos intentos del anterior gobierno por impulsar la Factura
Electrónica en las AAPP , la realidad es que no se han cumplido ni los
plazos ni los objetivos – señala Alberto Redondo, director de
marketing de SERES. Creemos que la Reforma presentada ahora por Rajoy,
por fin, supondrá el impulso definitivo y la puesta al día de nuestro país en
este ámbito”.
Según
el último Estudio sobre
la Factura Electrónica en España, realizado por SERES, durante el primer semestre de
2012 las empresas españolas procesaron más de 56 millones de facturas
electrónicas, frente a los 12 millones tramitados en 2009. “En este periodo
-señala Redondo- trabajaron con factura electrónica un total de 107.000
empresas, frente a las 46.000 que lo hicieron en 2009”. El informe confirma un
crecimiento sostenido del uso de la factura electrónica en España en un
mercado impulsado por las grandes empresas, especialmente en los sectores
de gran distribución y la automoción.
Según
las estimaciones del gobierno, se prevé el uso generalizado de la Factura
Electrónica en la Administración General del Estado a partir de 2014. Se
extenderá en 2015 a los sectores más relevantes del mercado: Utilities, Banca,
Seguros, etc., ya partir de 2016 será obligatoria en los ayuntamientos. En
Europa está previsto que antes de 2020 la utilicen más del 80% de las empresas.
Retraso
Ley 30/2007, de 30 de octubre establecía la obligatoriedad de usar estos documentos, a partir del 1 de noviembre de 2010 en todos los contratos con el sector público, si bien su entrada en vigor se ha ido demorando. El Consejo de Ministros aprobó el 19 de agosto de 2011 un plan para la implantación y el empleo de la factura electrónica apoyando su difusión en el ámbito público y privado y creando un Foro Nacional Multilateral sobre facturación electrónica. Unas medidas que suponen un punto de no retorno en el desarrollo de la eFactura.
El
plan encomendaba al Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio las competencias estatales en materia de difusión del uso de
la factura electrónica en España en el sector privado, en particular, en las
pymes.Por su parte, le correspondía El Ministerio
de Política Territorial y Administración Pública ejercer las
competencias en materia de difusión del uso de la factura electrónica en la
Administración General del Estado. Asimismo, en el marco de la Ley 6/1997, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se
creaba la Comisión Técnica para la difusión del uso de la factura electrónica,
de carácter consultivo, con el objetivo de asistir a los Ministerios de
Industria, Turismo y Comercio y de Política Territorial y Administración
Pública en el desarrollo de las competencias antes señaladas. Finalmente, el
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de la
Secretaría de Estado para la Función Pública, debía liderar la definición y
desarrollo en 2011 de un servicio central de gestión de la facturación
electrónica, que incluía un "Punto General de Entrada de Facturas
Electrónicas", para el ámbito de los órganos de la Administración General
del Estado, sus organismos autónomos y agencias estatales definidas en la Ley
28/2006, de 18 de julio. Este servicio de gestión debía ser el medio único para
la recepción y distribución de facturas electrónicas, y podrá proporcionar
funciones de almacenamiento y custodia de las facturas electrónicas.




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